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CABA: El feudo de los Macri con ayuda judicial

Los argumentos que esgrimió el Tribunal de Justicia para habilitar a Jorge Macri a aspirar a la jefatura de Gobierno de CABA son delirantes de todo delirio

Judiciales 04/07/2023 Red Online Red Online




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Uno lo lee y lo relee y piensa que no puede ser verdad que un juez de CABA, o un letrado, o siquiera un estudiante de primer año de derecho lo hubiese escrito sin que se le caiga la cara de vergüenza ni sienta que tiene que devolver el título o cambiar urgente de carrera universitaria (en caso del estudiante).

Porque argumentar que los 5 años requeridos de residencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tienen necesariamente que ser los inmediatos anteriores a postularse al cargo, no solo colisiona contra el espíritu de la Constitución de la Ciudad, sino contra el más simple de los sentidos comunes.

Analizando palabra por palabra, el fallo se agarra de una minucia semántica, encima amañada y errónea, para sostener que Jorge Macri, el primo del ex presidente Mauricio Macri, y quien fuera intendente de Vicente López en la provincia de Buenos Aires hasta hace un pestañear de ojos, puede ser Jefe de Gobierno porque 'alguna vez' habitô suelos porteños.


LA SOLUCIÓN 'INMEDIATA' DEL TSJ

Pero para explicar ese 'lodazal jurídico' hay que embarrarse, porque sino el lector no comprenderá de que se habla.

El texto constitucional para ser legislador dice que para aspirar a serlo hay que residir los 4 años inmediatos anteriores a presentarse para ser votado.

En letra textual:

"Ser natural o tener residencia en la Ciudad, inmediata a la elección, no inferior a los cuatro años".

El fallo que habilita Jorge Macri a presentarse como precandidato a Jefe de Gobierno de CABA se basa en dos artículos de la constitución de la Ciudad de Buenos Aires que interpreta el Tribunal Superior de Justicia de un modo muy particular

En cambio para ser Jefe de Gobierno dice textual "ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección".

Bueno, los jueces interpretaron que al no decir la palabra "inmediata", esos 5 años de residencia podían haberse dado en cualquier época de la vida del candidato. Y como Jorge Macri alguna vez habría vivido permanentemente en CABA, no se le puede exigir que hayan sido exactamente los años previos a esta elección.

Lo que no tienen en cuenta los jueces es que el texto dice "los" 5 años anteriores y no simplemente "5 años anteriores", es decir que en ese artículo "los" está implícito que son también los inmediatamente previos a su presentación para el cargo.

LA EXÓTICA INTERPRETACIÓN


 
El fallo que habilita Jorge Macri a presentarse como precandidato a Jefe de Gobierno de CABA se basa en dos artículos de la constitución de la Ciudad de Buenos Aires que interpreta el Tribunal Superior de Justicia de un modo muy particular

Una verdadera lectura sesgada o "buscada con lupa" para fallar a favor de la familia que domina el territorio porteño cual verdadero feudo medieval, como la metáfora que gusta repetir el propio Mauricio Macri al referirse a las provincias, para menospreciar a los candidatos y funcionarios electos que no son de su riñón político.

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